La Secretaría de Estado de Agricultura Familiar, lleva adelante actividades, bajo convenio, con el Ministerio de Salud Pública de la Provincia (MSP), avanzando en acciones coordinadas de cooperación mutua e intercambio recíproco para el cumplimiento de las siguientes Leyes: Ley VII – 69 “Ley de Agricultura Familiar”, Ley XVII – 71 “Ley de Alimentos Artesanales” y Ley 18.284 “Código Alimentario Argentino”.
Las normativas mencionadas, nos permiten realizar el Asesoramiento en el ámbito donde se elabora el Alimento, en qué condiciones se encuentran, cuáles son los requerimientos y de ésta manera se inicia el Proceso para la Habilitación y Registro Provincial de Salas y Cocinas de Alimentos Artesanales.
Para lograr la Habilitación del Establecimiento, además de cumplir con las condiciones de infraestructura; el agua que allí se utiliza y los productos que se elaboran, deben estar aptos de acuerdo a los parámetros establecidos por el Código Alimentario Argentino. Las muestras se analizan en el Laboratorio Central de la Provincia de Misiones.
De ésta manera, la Secretaría de Agricultura Familiar, impulsa y acompaña a aquellos Productores y Emprendedores del Rubro Alimenticio, que prioricen la Materia Prima Misionera, que puedan Registrar sus Espacios de Elaboración, fortaleciendo todos los procesos de transformación secundaria y agregado de valor en origen, permitiendo desarrollar la potencialidad productiva, organizativa, diseñar una marca y formalizar la Comercialización dentro de la Provincia de Misiones.
Aquellas familias que desean comenzar el proceso de habilitación de productos lo pueden hacer acercándose a la Sede Técnica del ministerio, sito en calle Entre Ríos N° 1345 de Posadas o llamando desde cualquier lugar de la provincia al teléfono 3764-432501.