Registro Provincial de Organizaciones de la Agricultura Familiar (RePOAF)

Registro Provincial de Organizaciones de la Agricultura Familiar RePOAF

Métodos de Registración al RePOAF

Para incorporar a su Organización o Grupo en el Directorio de organizaciones de la agricultura familiar, le solicitamos que complete y envíe sus datos, para ello debe acceder al enlace que figura a continuación:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfMiBGRoVkVdEC6FQh_AaZFeDbBV6WBQV_SxrONqdend9VKsg/viewform?usp=sf_link

Ante cualquier duda, comunicarse al siguiente correo electrónico: repoaf.agrifam@gmail.com

El presente registro se creó por medio de la Ley VIII – N° 69 Ley de Agricultura Familiar, Capítulo II Art. 4.

El objetivo principal es generar información permanente y fehaciente de las organizaciones destinatarias de las políticas pública de la Agricultura Familiar (AF) en todo el ámbito provincial. Los datos cuantitativos y cualitativos sobre la estructura del sector de la agricultura familiar, permitirán al Estado construir indicadores diferenciados de interés para el sector: socioeconómicos, ambientales, de sustentabilidad de la producción agropecuaria familiar. Del mismo modo, las organizaciones de la AF podrán acceder a la información para diseñar y desarrollar estrategias de fortalecimiento socio-territorial

El registro permitirá:

  • El conocimiento preciso de la diversidad de organizaciones de la agricultura familiar y de la heterogeneidad de las mismas en materia de recursos jurídicos disponibles y sus objetivos.
  • La visibilización de las organizaciones y actores productivos del sector de la agricultura familiar.
  • La identificación y reconocimiento de los/as productores/as que integran las organizaciones que los nuclean.
  • Relevar los recursos disponibles en las organizaciones en lo relativo a espacio físico, recursos y materiales.
  • Relevar las carencias y necesidades en las organizaciones de la agricultura familiar.
  • Generar políticas públicas a través de los indicadores obtenidos a través del RePOAF

El RePOAF será el instrumento con carácter de Declaración Jurada por el cual las Organizaciones de productores podrán presentarse y ser elegidas a representar los intereses del sector en el Consejo Provincial de la Agricultura Familiar.

¿Quiénes deben registrarse?

Las organizaciones integradas por agricultores familiares (al menos con el 80% registrados en el RENAF, SENASA u otro registro que acredite la actividad económica o productiva de la unidad familiar). Cualquiera que fuera su categoría o estatus jurídico:

  • Asociación civil.
  • Cooperativa.
  • Consorcio.
  • Mutual.
  • Organizaciones de los pueblos originarios.
  • Grupo de hecho, Etc.

En el caso de los grupos de hecho de productores familiares, estos deberán estar integrados por un mínimo de 10 (diez) productores y tener una antigüedad de al menos un año como tal.

En el caso de las organizaciones de pueblos originarios (con o sin personería jurídica), deberán estar conformadas con un mínimo de 5 integrantes, y cuya actividad sea: producción agrícola, turismo comunitario, producción y comercialización de artesanías, entre otras.