El Ministerio de Agricultura Familiar de la Provincia informa:
En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” del 19/03/2020, y de acuerdo a las excepciones establecidas en el INCISO 12°: INDUSTRIAS DE ALIMENTACIÓN, SU CADENA PRODUCTIVA E INSUMOS (…) INCISO 13 ⁰: ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA, es necesario:
✅Que toda persona que se encuentre exceptuada deberá completar la DECLARACIÓN JURADA disponible en la página del Ministerio de Agricultura Familiar, a los fines de ser presentada a las autoridades pertinentes.
✅Dicha DECLARACIÓN JURADA DEBE SER SUSCRIPTA ANTE EL PUESTO POLICIAL MÁS CERCANO, presentando ALGUNAS de estas ACREDITACIONES; RENSPA AGRÍCOLA/GANADERO/MIXTO, RENAPA , CARNET PRODUCTOR FERIANTE EMITIDO POR LA SEAF y/o CERTIFICADO DE PRODUCTOR PRIMARIO.
✅Que el desarrollo de las actividades se encuentra enmarcado en el estado de “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”, y por ello se deben tomar los recaudos necesarios y cumplir con las normativas y protocolos dictados por las autoridades sanitarias nacionales, provinciales y/o municipales.